Vida

Sabemos que cuando tienes personas a tu cargo, tus decisiones y los riesgos que asumes les afectan directamente, tanto para bien como para mal. Por este motivo, nuestra recomendación es contar con un seguro de vida que te brinde la tranquilidad de saber que, si a ti te ocurre algo, tu familia va a seguir teniendo un sustento económico y no va a tener que hacer frente a las deudas que hayas podido contraer.

Las condiciones son sencillas, dependiendo de tu edad, tu historial médico y la cantidad que quieras que perciba tu familia en caso de que fallezcas, el coste del seguro será mayor o menor.

Si cuentas con un Seguro de Vida ligado a tu hipoteca, es importante destacar que, aunque normalmente ofrecen descuentos y facilidades, no estarás protegiendo a ti ni a tu familia, sino al banco. Además, el precio suele ser superior y el nivel de protección es mucho peor.

Para poder adaptar tu seguro necesitamos que rellenes el siguiente cuestionario

¿Quién será el beneficiario de mi Seguro de Vida?

Será la persona o personas que perciban la indemnización fijada en caso de fallecimiento. Los beneficiarios los designa el tomador del seguro, quien es el único que puede pagar la póliza. Se podrán modificar los beneficiarios siempre que el tomador lo desee, a no ser que haya renunciado formalmente por escrito a esta facultad.

¿En qué casos no respondería mi Seguro de Vida? Principales exclusiones

Suicidio. En caso de que la muerte del tomador se produzca de forma voluntaria, la mayoría de las aseguradoras no se harán cargo de los daños causados por este. No obstante, hay algunas compañías que sí que cubren este tipo de sucesos, aunque aplicando un periodo de carencia.

Muerte causada por un beneficiario. Si el fallecimiento del tomador es motivado por alguno de los beneficiarios de manera voluntaria.

Accidentes de tráfico. Muchas aseguradoras excluyen los fallecimientos por siniestros cuando estos son producidos por conducir bajo efectos de drogas o alcohol o cuando son causados de manera voluntaria por el tomador o beneficiario.

Muerte en accidente aéreo. Si ocurre en un medio no autorizado al transporte público de viajeros.

Deportes de alto riesgo. Como pueden ser carreras de coches, alpinismo, toreo…

Riesgos cubiertos por el Consorcio de Compensación de Seguros.